domingo, 25 de octubre de 2009
INFORMACION CONTABLE
La empresa recibe unos recursos financieros de personas o entidades que, en la mayoría de las ocasiones no tiene contacto directo con la misma, ya revistan la denominación de acreedores o la de titulares de participaciones del capital social. Pero, aparte de éstos, puede haber otros grupos e instituciones sociales interesados en la marcha o evolución de la empresa en cuestión, por las implicaciones de diversa naturaleza que la misma tiene con su entorno social. Todos estarán interesados en mayor o menor medida, en la marcha de la empresa, según las repercusiones que para cada uno de ellos tenga dicha sociedad, por lo que tendrán obviamente unas determinadas necesidades de información.
En este sentido, pudiera plantearse qué derecho asiste a los agentes económicos no vinculados a la gestión de la mencionada empresa para adentrarse en las interioridades de la misma. Con independencia de razones de seguridad pensamos, que en un gran número de circunstancias, esa información se da o deberá darse debido a que la empresa no es un agente aislado del mundo: ella, al igual que cualquier persona individual o social, está interrelacionada con su entorno y sin él no tendría razón de existir, de ahí la cada vez mayor exigencia de la misma para aquellos grupos sociales que la justifican.
Las necesidades de los usuarios determinan cuáles son los objetivos de la información, de ahí que éste deba responder a unos principios contables, previamente diseñados, al objeto de que la misma pueda satisfacer suficientemente a sus receptores de información.
un conjunto de características cualitativas que debe reunir la información contable, y que denomina requisitos, los cuales transcribimos seguidamente:
1. Identificabilidad. Los estados contables periódicos se refieren a sujetos económicos perfectamente definidos en cuanto a su área de actividad económica y a momentos o intervalos temporales perfectamente identificados. Deben mostrar expresamente los datos de identificación contenida en ellos.
2. Oportunidad. La información contable debe ofrecerse a los decisores económicos en tiempo oportuno, ya que unos datos presentados a destiempo se convierten en inútiles para la aplicación a la que están ordenados. La fijación de los plazos de presentación de los estados contables es materia de juicio que corresponde, en todo caso, señalar a los órganos pertinentes de la unidad económica. No obstante, el ordenamiento jurídico suele establecer unos plazos para la presentación de los estados contables periódicos.
3. Claridad. La información contable debe ser mostrada en términos claros y asequibles , con el fin de asegurar, dentro de lo posible, la adecuada utilización de la misma por parte de sus diferentes destinatarios, los cuales no tienen por qué ser especialistas en materia contable. La normalización contable favorece substancialmente la claridad de la información, al generar unos estados uniformes en cuanto a estructura, terminología y criterios de elaboración.
4. Relevancia. La información ha de poseer una utilidad notoria, potencial o real, para los fines perseguidos por los diferentes destinatarios de los estados contables; igualmente, ha de ser completa, para que se pueda alcanzar un conocimiento suficiente de los hechos que se tratan de relevar, por lo que se deben declarar todos los datos pertinentes e informaciones adicionales necesarias para el proceso de adopción de decisiones.
5. Razonabilidad. La información contable no puede alcanzar en todos los casos una exactitud completa sobre los sucesos de la actividad económica que trata de dar a conocer, por lo que debe perseguir una aproximación razonable de los mismos. La mayoría de los sucesos económicos se prestan a diversas conjeturas, no son medibles con entera precisión, dependen de sucesos aleatorios, etc. Por lo tanto, basta con que los estados contables alcancen una exposición razonable de los hechos que tratan de representar. La razonabilidad de dichos estados se consigue a través de la aplicación correcta de los principios contables que inspiran su elaboración.
6. Economicidad. La información contable es útil para el proceso de adopción de decisiones, pero, al mismo tiempo, su obtención ocasiona costes. La información que ha de proporcionarse a los decisores económicos debe tener en cuenta el criterio de coste-beneficio a la hora de juzgar sobre el nivel de agregación o desarrollo de ciertos datos que pueden favorecer un conocimiento más detallado de los hechos por parte de los respectivos decisores.
7. Imparcialidad. La información contenida en los estados contables periódicos ha de elaborarse con la intención de que sea absolutamente neutral e imparcial, es decir, que no tergiverse o distorsione los datos en favor de ciertos destinatarios y en perjuicio de otros.
8. Objetividad. La información contable ha de elaborarse utilizando un mecanismo de procesamiento que impida al máximo la introducción de criterios subjetivos por parte de los responsables del proceso. Esto depende del grado de concreción y consistencia del sistema de procesamiento contable para producir automáticamente mediciones de datos al margen de posibles influencias subjetivas de los procesadores del mismo. La información contable posee un grado de objetividad suficiente cuando varios procesadores de los mismos hechos contables, dentro de un mismo sistema de información, y aplicando las mismas reglas, pueden llegar a unos datos análogos entre ellos.
9. Verificabilidad. La información contenida en los estados contables debe ser susceptible de control y revisión, interna y externa. La verificabilidad interna depende esencialmente de las normas de control interno que efectivamente regulen las diferentes operaciones que desarrolla la empresa y el propio sistema de procesamiento de la información contable. La verificabilidad externa representa la propiedad de la información de ser sometida a comprobación a través de pruebas pertinentes fuera del sistema de procesamiento, y representa una garantía necesaria para sus usuarios respecto al cumplimiento de los requisitos que deben ser exigidos a la información y a la correcta aplicación de los principios contables que sirven de base para su elaboración; esta garantía es máxima cuando la revisión es realizada por profesionales especializados e independientes de la empresa.
A este respecto son interesantes las características que la información contable debe revestir a juicio del profesor Cañibano (1996): debe ser oportuna, esto es, publicada a tiempo, al objeto de que pueda ser útil a sus futuros receptores; debe ser clara y asequible, ya que los destinatarios de dicha información no tienen por qué ser especialistas en materia contable; relevante y completa, dado que debe poner de manifiesto cuestiones de interés para el futuro destinatario, así como no ocultar parcela de la misma.
la información contenida en las cuentas anuales debe ser:
-Comprensible: la información ha de ser, dentro de la complejidad del mundo económico, fácil de entender por los usuarios. -Relevante: debe contener la información verdaderamente significativa para los usuarios sin llegar al exceso de información, que iría en contra de la característica anterior.
-Fiable: ausencia de errores significativos en la información suministrada, a fin de cumplir el objetivo que se pretende.
-Comparable: la información debe ser consistente y uniforme en el tiempo y entre las distintas empresas.
-Oportuna: la información debe producirse en el momento que sea útil para los usuarios, y no con un desfase temporal significativo.
Asimismo, en el apartado 13 de la referida Introducción señala que “la cuarta parte del Plan General de Contabilidad se refiere a las cuentas anuales, materia del máximo interés por ser la culminación del desarrollo contable del ejercicio y porque constituyen el instrumento transmisor de la información contable a los distintos agentes económicos y sociales”: Las cuentas anuales están integradas por:
-El Balance, que presenta la síntesis de las cuentas patrimoniales activas y pasivas al final del ejercicio económico.
-La cuenta de Pérdidas y Ganancias, que determina el resultado de la empresa y las causas que lo han originado.
-La Memoria, que comenta el contenido de las anteriores facilitando su correcta interpretación. Dentro de la misma se incluye el cuadro de financiación donde se muestran separadamente los orígenes y las aplicaciones de fondos, así como la variación del circulante.
La empresa recibe unos recursos financieros de personas o entidades que, en la mayoría de las ocasiones no tiene contacto directo con la misma, ya revistan la denominación de acreedores o la de titulares de participaciones del capital social. Pero, aparte de éstos, puede haber otros grupos e instituciones sociales interesados en la marcha o evolución de la empresa en cuestión, por las implicaciones de diversa naturaleza que la misma tiene con su entorno social. Todos estarán interesados en mayor o menor medida, en la marcha de la empresa, según las repercusiones que para cada uno de ellos tenga dicha sociedad, por lo que tendrán obviamente unas determinadas necesidades de información.
En este sentido, pudiera plantearse qué derecho asiste a los agentes económicos no vinculados a la gestión de la mencionada empresa para adentrarse en las interioridades de la misma. Con independencia de razones de seguridad pensamos, que en un gran número de circunstancias, esa información se da o deberá darse debido a que la empresa no es un agente aislado del mundo: ella, al igual que cualquier persona individual o social, está interrelacionada con su entorno y sin él no tendría razón de existir, de ahí la cada vez mayor exigencia de la misma para aquellos grupos sociales que la justifican.
Las necesidades de los usuarios determinan cuáles son los objetivos de la información, de ahí que éste deba responder a unos principios contables, previamente diseñados, al objeto de que la misma pueda satisfacer suficientemente a sus receptores de información.
un conjunto de características cualitativas que debe reunir la información contable, y que denomina requisitos, los cuales transcribimos seguidamente:
1. Identificabilidad. Los estados contables periódicos se refieren a sujetos económicos perfectamente definidos en cuanto a su área de actividad económica y a momentos o intervalos temporales perfectamente identificados. Deben mostrar expresamente los datos de identificación contenida en ellos.
2. Oportunidad. La información contable debe ofrecerse a los decisores económicos en tiempo oportuno, ya que unos datos presentados a destiempo se convierten en inútiles para la aplicación a la que están ordenados. La fijación de los plazos de presentación de los estados contables es materia de juicio que corresponde, en todo caso, señalar a los órganos pertinentes de la unidad económica. No obstante, el ordenamiento jurídico suele establecer unos plazos para la presentación de los estados contables periódicos.
3. Claridad. La información contable debe ser mostrada en términos claros y asequibles , con el fin de asegurar, dentro de lo posible, la adecuada utilización de la misma por parte de sus diferentes destinatarios, los cuales no tienen por qué ser especialistas en materia contable. La normalización contable favorece substancialmente la claridad de la información, al generar unos estados uniformes en cuanto a estructura, terminología y criterios de elaboración.
4. Relevancia. La información ha de poseer una utilidad notoria, potencial o real, para los fines perseguidos por los diferentes destinatarios de los estados contables; igualmente, ha de ser completa, para que se pueda alcanzar un conocimiento suficiente de los hechos que se tratan de relevar, por lo que se deben declarar todos los datos pertinentes e informaciones adicionales necesarias para el proceso de adopción de decisiones.
5. Razonabilidad. La información contable no puede alcanzar en todos los casos una exactitud completa sobre los sucesos de la actividad económica que trata de dar a conocer, por lo que debe perseguir una aproximación razonable de los mismos. La mayoría de los sucesos económicos se prestan a diversas conjeturas, no son medibles con entera precisión, dependen de sucesos aleatorios, etc. Por lo tanto, basta con que los estados contables alcancen una exposición razonable de los hechos que tratan de representar. La razonabilidad de dichos estados se consigue a través de la aplicación correcta de los principios contables que inspiran su elaboración.
6. Economicidad. La información contable es útil para el proceso de adopción de decisiones, pero, al mismo tiempo, su obtención ocasiona costes. La información que ha de proporcionarse a los decisores económicos debe tener en cuenta el criterio de coste-beneficio a la hora de juzgar sobre el nivel de agregación o desarrollo de ciertos datos que pueden favorecer un conocimiento más detallado de los hechos por parte de los respectivos decisores.
7. Imparcialidad. La información contenida en los estados contables periódicos ha de elaborarse con la intención de que sea absolutamente neutral e imparcial, es decir, que no tergiverse o distorsione los datos en favor de ciertos destinatarios y en perjuicio de otros.
8. Objetividad. La información contable ha de elaborarse utilizando un mecanismo de procesamiento que impida al máximo la introducción de criterios subjetivos por parte de los responsables del proceso. Esto depende del grado de concreción y consistencia del sistema de procesamiento contable para producir automáticamente mediciones de datos al margen de posibles influencias subjetivas de los procesadores del mismo. La información contable posee un grado de objetividad suficiente cuando varios procesadores de los mismos hechos contables, dentro de un mismo sistema de información, y aplicando las mismas reglas, pueden llegar a unos datos análogos entre ellos.
9. Verificabilidad. La información contenida en los estados contables debe ser susceptible de control y revisión, interna y externa. La verificabilidad interna depende esencialmente de las normas de control interno que efectivamente regulen las diferentes operaciones que desarrolla la empresa y el propio sistema de procesamiento de la información contable. La verificabilidad externa representa la propiedad de la información de ser sometida a comprobación a través de pruebas pertinentes fuera del sistema de procesamiento, y representa una garantía necesaria para sus usuarios respecto al cumplimiento de los requisitos que deben ser exigidos a la información y a la correcta aplicación de los principios contables que sirven de base para su elaboración; esta garantía es máxima cuando la revisión es realizada por profesionales especializados e independientes de la empresa.
A este respecto son interesantes las características que la información contable debe revestir a juicio del profesor Cañibano (1996): debe ser oportuna, esto es, publicada a tiempo, al objeto de que pueda ser útil a sus futuros receptores; debe ser clara y asequible, ya que los destinatarios de dicha información no tienen por qué ser especialistas en materia contable; relevante y completa, dado que debe poner de manifiesto cuestiones de interés para el futuro destinatario, así como no ocultar parcela de la misma.
la información contenida en las cuentas anuales debe ser:
-Comprensible: la información ha de ser, dentro de la complejidad del mundo económico, fácil de entender por los usuarios. -Relevante: debe contener la información verdaderamente significativa para los usuarios sin llegar al exceso de información, que iría en contra de la característica anterior.
-Fiable: ausencia de errores significativos en la información suministrada, a fin de cumplir el objetivo que se pretende.
-Comparable: la información debe ser consistente y uniforme en el tiempo y entre las distintas empresas.
-Oportuna: la información debe producirse en el momento que sea útil para los usuarios, y no con un desfase temporal significativo.
Asimismo, en el apartado 13 de la referida Introducción señala que “la cuarta parte del Plan General de Contabilidad se refiere a las cuentas anuales, materia del máximo interés por ser la culminación del desarrollo contable del ejercicio y porque constituyen el instrumento transmisor de la información contable a los distintos agentes económicos y sociales”: Las cuentas anuales están integradas por:
-El Balance, que presenta la síntesis de las cuentas patrimoniales activas y pasivas al final del ejercicio económico.
-La cuenta de Pérdidas y Ganancias, que determina el resultado de la empresa y las causas que lo han originado.
-La Memoria, que comenta el contenido de las anteriores facilitando su correcta interpretación. Dentro de la misma se incluye el cuadro de financiación donde se muestran separadamente los orígenes y las aplicaciones de fondos, así como la variación del circulante.
Ciclo contable para crear nuestro proyecto
Nuestro proyecto esta basado en una comercializadora de (calzado) y los requisitos documentales son:
1.- BALANCE INICIAL.- Todas las empresas inician o reinician sus actividades con determinados activos, (inversiones) pasivos, (financiaciones)
2.- REGISTRO DE TRANSACCIONES: Cada día y cada momento se suceden transacciones comerciales en las empresas, esto se debe al flujo interno y externo de hechos financieros económicos. El registro cronológico de estas transacciones se las registra en el "Diario". La anotación que efectúa en este instrumento contable se denomina "asiento", que lógicamente será plasmado después de un análisis contable.
3.- PASES AL MAYOR: El registro acumulativo o "mayor tiene como función clasificar información asentada en el "Diario" agregando todos aquellos hechos contables de idéntica naturaleza, con el objeto de establecer en cualquier memento el estado económico financiero de las cuentas.
4.- BALANCE DE COMPROBACION DE SUMAS Y SALDOS: Surge al agregar las cuentas tanto en sus movimientos como en sus saldos, sirviendo como un control cuantitativo y cualitativo de la contabilización.
5.- LA HOJA DE TRABAJO: Es un instrumento útil en el proceso de elaboración de los Estados Financieros. Parte de la información del Balance de Comprobación de Sumas y Saldos, y según sea el columnado de esta hoja, fácilmente se podrá agregar toda la información respecto a los ingresos y gastos acumulados y diferidos (Ajustes Contables), además de las actualizaciones de ley, obteniéndose los estados financieros fácilmente.
6.- LOS ESTADO FINANCIEROS: En Los Estados Financieros se muestra en forma agregada y sintética, los resultados económicos y financieros obtenidos por el negocio a lo largo de un ciclo contable, información que se plasma en el Estado de Resultado y el Balance General.
• LOS DOCUMENTOS JUSTIFICANTES
• DOCUMENTACIÓN MERCANTIL Y CONTABLE
• DOCUMENTOS JUSTFICANTES: MERCANTILES -
• ORGANIZACIÓN Y ARCHIVO DE DOCUMENTOS CONTABLES
• LOS LIBROS CONTABLES: CONCEPTO, FUNCIÓN Y CLASIFICACIÓN
• LIBRO DIARIO
• LIBRO MAYOR
• LIBRO DE INVENTARIOS Y CUENTAS ANUALES
• LIBROS AUXILIARES
• CORRECCIÓN DE ERRORES
• LEGISLACIÓN MERCANTIL APLICABLE AL TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN CONTABLE
• LOS DOCUMENTOS JUSTIFICANTES
A la hora de reflejar las variaciones patrimoniales el contable se ha de basar en unos documentos que lo justifican. Estos documentos son los documentos justificantes, los cuales, además de servir como base para la realización de los asientos contables serán también la prueba formal de que tales asientos reflejan variaciones reales del patrimonio. Por tanto, los documentos justificantes no solamente han de existir sino que deben ser también conservados.
• DOCUMENTACÍON MERCANTIL Y CONTABLE
• Los propios libros contables: basados en otros libros contables
• Documentación relativa a las compras y ventas: albarán, notas de pedido y facturas.
• Documentos relativos al almacén: referidos al registro de compras y ficha de almacén
• Documentos relacionados con cobros y pagos: letra de cambio, cheques y extractos bancarios
• Documentos relacionados con temas fiscales y laborales: liquidación de impuestos, nóminas, Tc1 y Tc2
• Otros documentos: pólizas de seguros, escritura, contrato de compraventa, recibos de suministros y contratos de alquiler
• DOCUMENTOS JUSTIFICANTES MERCANTILES
Albarán:
No tiene aplicación contable a menos que esté respaldado por una factura. Sirve ara comprobar entradas y salidas.
Factura:
La expedición de la factura es obligatoria para todas las empresas. Es uno de los principales documentos y lo 1º que hay que hacer es identificar si ha sido emitida por nuestra empresa o por otra a nuestro nombre. Los datos a consignar son los siguientes:
• Estar numeradas correlativamente
• Llevar NIF/CIF y los domicilios tanto del que expide como del destinatario
• Aparecer el importe con el IVA desglosado
• Lugar y fecha de emisión
El cheque:
Sirve para efectuar pagos a través del banco. La persona que firma el cheque es la que paga y la que cobra es la que está detrás de la denominación “páguese por un cheque...”. Siempre va a banco c/c.
La letra de cambio:
Documento en virtud del cual una persona llamada librador ordena a otra, denominada librado, que pague cantidad una determinada que en una fecha indicada a la orden de una 3ª persona (tomador, tenedor o beneficiario). Los requisitos de la letra de cambio son:
• Vencimiento
• A la vista: el librado tiene que pagarla
• A plazo vista: pagarla en la fecha determinada
• A plazo fecha: el librado tiene un plazo de pago posterior a la fecha
• A fecha fija: el librado tiene una prórroga
• Endoso—ceder la letra a otra persona
• Aceptación y pago—solo es indispensable en el plazo a vista. El día del vencimiento se presenta la letra de cobro, estando el documento una vez firmado y pagado pasa a poder del librado como justificante de dicho pago
• ORGANIZACIÓN Y ARCHIVO DE DOCUMENTOS CONTABLES
Debemos guardar los documentos ordenados.
Los criterios para elegir un archivo son:
• Volumen de documentos
• Antigüedad de documentos
• Características de los documentos
• Frecuencia de uso
Normas generales de clasificación:
• Justificantes de caja—se ordenan por orden cronológico
• Por bancos—se ordenan por fechas
• Tipos de mercancías y cronología
- Facturas emitidas cronológicamente y por Nº de factura—es conveniente tener copia en la carpeta de cada cliente
• Por proveedores cronológicamente
• LOS LIBROS CONTABLES: CONCEPTO, FUSIÓN Y CLASIFICACIÓN
Un libro contable es un medio material en el que se registran de cualquiera de las formas posibles los hechos patrimoniales o patrimonio. En la práctica, nos referimos a aquellos que cumplen los requisitos.
Según legislación mercantil:
• Obligatorios:
Libro de Inventarios y Cuentas Anuales
Libro Diario
De actas (sociedades)
Registro de socios
Libro Registro
• Voluntarios:
Resto de libros que desee llevar la empresa según su actividad
Según método contable:
• Principales
Libro Diario
Libro Mayor
Libro de Inventarios y Cuentas Anuales
• Auxiliares—cualquiera que desarrollen los libros contables principales
• Registros—documentos que se relacionan con operaciones que se han realizado o se realizarán
• Copiadores—destinados a describir con detalle hechos o documentos
• Otros ejemplares como el libro Puc que lo llevara breve mente a un fácil acceso en el manejo de su capital y demás requisitos para hacer un buen desempeño de su proyecto.
• EL LIBRO DIARIO
Las maneras de representar el Libro Diario más usuales son la americana:
Americana:
DEBE Nº CONCEPTO Nº HABER
a
a
Cada una de las anotaciones registrada en el Diario se denomina Asiento. Los asientos pueden ser:
• Según su estructura
• Simples—conllevan una anotación en el Debe y otra en el Haber
• Compuestos—conllevan una anotación en el Debe y dos o más en el Haber o viceversa
• Complejos—conllevan dos o más anotaciones tanto en el Debe como en el Haber
• Según su objetivo:
• De apertura—bien por inicio de actividad (constitución) o por inicio de ejercicio
• De gestión—reflejan las operaciones del Diario
• De periodificación—se separan los ingresos y los gastos del período actual de los del período siguiente
• De regularización—son los que determinan el resultado
• De cierre—al final del ejercicio
• Corrección de errores
• LIBRO MAYOR
Es un libro principal pero no es obligatorio, por ser copia del libro Diario. En el mayor se registra por conceptos y en cuanto a su estructura es muy variada aunque los más usados son estos:
A doble folio:
DEBE TÏTULO (Nº) HABER
FECHA CONCEPTO CANTIDAD FECHA CONCEPTO CANTIDAD
A folio simple:
FECHA CONCEPTO IMPORTE
DEBE HABER
• LIBRO DE INVENTARIOS Y CUENTAS ANUALES
Tradicionalmente se les ha denominado Libro de Inventarios y Balances e incluye los Inventarios y las Cuentas Anuales (Balance de Situación, Cuenta de Pérdidas y ganancias y Memoria). Además este libro incorpora los balances de Sumas y Saldos, que tienen el siguiente formato:
Nº CONCEPTO SUMAS SALDOS
DEBE HABER DEUDOR ACREEDOR
• LIBROS AUXILIARES Y DE REGISTROS
Su función es ampliar la recogida de información en los libros principales. Su estructura es muy variada y con frecuencia suelen ser archivos fotocopiados y además pueden recogerse en cualquier soporte informático. Son, entre otros, los siguientes:
• Libro de Caja
• Libro Auxiliar de Bancos
• Libro Auxiliar de Clientes
• Libro Auxiliar de Proveedores
• Libro Auxiliar de Compras
• Libro Auxiliar de Ventas
• Fichas de Almacén
• Corrección de ERRORES
Error contable es toda omisión, cálculo equivocado o inexactitud involuntaria cometida en las anotaciones contables.
Correcciones en el Diario:
• EQUIVOCACIONES DE PALABRAS, CONCEPTOS Y FECHAS—si se advierte del error en el momento, se pone a continuación: “DIGO” y se anota correctamente. Si se advierte después se hace una anotación indicando que ese asiento queda “ANULADO” y en su lugar entenderá que “dice...”.
• OMISIÓN DE ASIENTOS—se consigue anotando el asiento correspondiente e indicando cuando debió hacerse
• DUPLICACIÓN DE ASIENTOS—hay 3 métodos:
• CONTRAASIENTO: cambiar el lugar de las cuentas
• NºS ROJOS: se escriben en rojo (restan)
• EQUIVOCACIONES EN LAS CIFRAS—en el caso de que la cantidad sea < a la real se puede realizar otro asiento con la correspondiente anotación. En el caso de que la cantidad sea > a la real se puede hacer un contrahaciendo, con su correspondiente anotación. En ambos casos se pueden llevar a cabo los mismos procedimientos que en la duplicación de asientos.
Nuestro proyecto esta basado en una comercializadora de (calzado) y los requisitos documentales son:
1.- BALANCE INICIAL.- Todas las empresas inician o reinician sus actividades con determinados activos, (inversiones) pasivos, (financiaciones)
2.- REGISTRO DE TRANSACCIONES: Cada día y cada momento se suceden transacciones comerciales en las empresas, esto se debe al flujo interno y externo de hechos financieros económicos. El registro cronológico de estas transacciones se las registra en el "Diario". La anotación que efectúa en este instrumento contable se denomina "asiento", que lógicamente será plasmado después de un análisis contable.
3.- PASES AL MAYOR: El registro acumulativo o "mayor tiene como función clasificar información asentada en el "Diario" agregando todos aquellos hechos contables de idéntica naturaleza, con el objeto de establecer en cualquier memento el estado económico financiero de las cuentas.
4.- BALANCE DE COMPROBACION DE SUMAS Y SALDOS: Surge al agregar las cuentas tanto en sus movimientos como en sus saldos, sirviendo como un control cuantitativo y cualitativo de la contabilización.
5.- LA HOJA DE TRABAJO: Es un instrumento útil en el proceso de elaboración de los Estados Financieros. Parte de la información del Balance de Comprobación de Sumas y Saldos, y según sea el columnado de esta hoja, fácilmente se podrá agregar toda la información respecto a los ingresos y gastos acumulados y diferidos (Ajustes Contables), además de las actualizaciones de ley, obteniéndose los estados financieros fácilmente.
6.- LOS ESTADO FINANCIEROS: En Los Estados Financieros se muestra en forma agregada y sintética, los resultados económicos y financieros obtenidos por el negocio a lo largo de un ciclo contable, información que se plasma en el Estado de Resultado y el Balance General.
• LOS DOCUMENTOS JUSTIFICANTES
• DOCUMENTACIÓN MERCANTIL Y CONTABLE
• DOCUMENTOS JUSTFICANTES: MERCANTILES -
• ORGANIZACIÓN Y ARCHIVO DE DOCUMENTOS CONTABLES
• LOS LIBROS CONTABLES: CONCEPTO, FUNCIÓN Y CLASIFICACIÓN
• LIBRO DIARIO
• LIBRO MAYOR
• LIBRO DE INVENTARIOS Y CUENTAS ANUALES
• LIBROS AUXILIARES
• CORRECCIÓN DE ERRORES
• LEGISLACIÓN MERCANTIL APLICABLE AL TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN CONTABLE
• LOS DOCUMENTOS JUSTIFICANTES
A la hora de reflejar las variaciones patrimoniales el contable se ha de basar en unos documentos que lo justifican. Estos documentos son los documentos justificantes, los cuales, además de servir como base para la realización de los asientos contables serán también la prueba formal de que tales asientos reflejan variaciones reales del patrimonio. Por tanto, los documentos justificantes no solamente han de existir sino que deben ser también conservados.
• DOCUMENTACÍON MERCANTIL Y CONTABLE
• Los propios libros contables: basados en otros libros contables
• Documentación relativa a las compras y ventas: albarán, notas de pedido y facturas.
• Documentos relativos al almacén: referidos al registro de compras y ficha de almacén
• Documentos relacionados con cobros y pagos: letra de cambio, cheques y extractos bancarios
• Documentos relacionados con temas fiscales y laborales: liquidación de impuestos, nóminas, Tc1 y Tc2
• Otros documentos: pólizas de seguros, escritura, contrato de compraventa, recibos de suministros y contratos de alquiler
• DOCUMENTOS JUSTIFICANTES MERCANTILES
Albarán:
No tiene aplicación contable a menos que esté respaldado por una factura. Sirve ara comprobar entradas y salidas.
Factura:
La expedición de la factura es obligatoria para todas las empresas. Es uno de los principales documentos y lo 1º que hay que hacer es identificar si ha sido emitida por nuestra empresa o por otra a nuestro nombre. Los datos a consignar son los siguientes:
• Estar numeradas correlativamente
• Llevar NIF/CIF y los domicilios tanto del que expide como del destinatario
• Aparecer el importe con el IVA desglosado
• Lugar y fecha de emisión
El cheque:
Sirve para efectuar pagos a través del banco. La persona que firma el cheque es la que paga y la que cobra es la que está detrás de la denominación “páguese por un cheque...”. Siempre va a banco c/c.
La letra de cambio:
Documento en virtud del cual una persona llamada librador ordena a otra, denominada librado, que pague cantidad una determinada que en una fecha indicada a la orden de una 3ª persona (tomador, tenedor o beneficiario). Los requisitos de la letra de cambio son:
• Vencimiento
• A la vista: el librado tiene que pagarla
• A plazo vista: pagarla en la fecha determinada
• A plazo fecha: el librado tiene un plazo de pago posterior a la fecha
• A fecha fija: el librado tiene una prórroga
• Endoso—ceder la letra a otra persona
• Aceptación y pago—solo es indispensable en el plazo a vista. El día del vencimiento se presenta la letra de cobro, estando el documento una vez firmado y pagado pasa a poder del librado como justificante de dicho pago
• ORGANIZACIÓN Y ARCHIVO DE DOCUMENTOS CONTABLES
Debemos guardar los documentos ordenados.
Los criterios para elegir un archivo son:
• Volumen de documentos
• Antigüedad de documentos
• Características de los documentos
• Frecuencia de uso
Normas generales de clasificación:
• Justificantes de caja—se ordenan por orden cronológico
• Por bancos—se ordenan por fechas
• Tipos de mercancías y cronología
- Facturas emitidas cronológicamente y por Nº de factura—es conveniente tener copia en la carpeta de cada cliente
• Por proveedores cronológicamente
• LOS LIBROS CONTABLES: CONCEPTO, FUSIÓN Y CLASIFICACIÓN
Un libro contable es un medio material en el que se registran de cualquiera de las formas posibles los hechos patrimoniales o patrimonio. En la práctica, nos referimos a aquellos que cumplen los requisitos.
Según legislación mercantil:
• Obligatorios:
Libro de Inventarios y Cuentas Anuales
Libro Diario
De actas (sociedades)
Registro de socios
Libro Registro
• Voluntarios:
Resto de libros que desee llevar la empresa según su actividad
Según método contable:
• Principales
Libro Diario
Libro Mayor
Libro de Inventarios y Cuentas Anuales
• Auxiliares—cualquiera que desarrollen los libros contables principales
• Registros—documentos que se relacionan con operaciones que se han realizado o se realizarán
• Copiadores—destinados a describir con detalle hechos o documentos
• Otros ejemplares como el libro Puc que lo llevara breve mente a un fácil acceso en el manejo de su capital y demás requisitos para hacer un buen desempeño de su proyecto.
• EL LIBRO DIARIO
Las maneras de representar el Libro Diario más usuales son la americana:
Americana:
DEBE Nº CONCEPTO Nº HABER
a
a
Cada una de las anotaciones registrada en el Diario se denomina Asiento. Los asientos pueden ser:
• Según su estructura
• Simples—conllevan una anotación en el Debe y otra en el Haber
• Compuestos—conllevan una anotación en el Debe y dos o más en el Haber o viceversa
• Complejos—conllevan dos o más anotaciones tanto en el Debe como en el Haber
• Según su objetivo:
• De apertura—bien por inicio de actividad (constitución) o por inicio de ejercicio
• De gestión—reflejan las operaciones del Diario
• De periodificación—se separan los ingresos y los gastos del período actual de los del período siguiente
• De regularización—son los que determinan el resultado
• De cierre—al final del ejercicio
• Corrección de errores
• LIBRO MAYOR
Es un libro principal pero no es obligatorio, por ser copia del libro Diario. En el mayor se registra por conceptos y en cuanto a su estructura es muy variada aunque los más usados son estos:
A doble folio:
DEBE TÏTULO (Nº) HABER
FECHA CONCEPTO CANTIDAD FECHA CONCEPTO CANTIDAD
A folio simple:
FECHA CONCEPTO IMPORTE
DEBE HABER
• LIBRO DE INVENTARIOS Y CUENTAS ANUALES
Tradicionalmente se les ha denominado Libro de Inventarios y Balances e incluye los Inventarios y las Cuentas Anuales (Balance de Situación, Cuenta de Pérdidas y ganancias y Memoria). Además este libro incorpora los balances de Sumas y Saldos, que tienen el siguiente formato:
Nº CONCEPTO SUMAS SALDOS
DEBE HABER DEUDOR ACREEDOR
• LIBROS AUXILIARES Y DE REGISTROS
Su función es ampliar la recogida de información en los libros principales. Su estructura es muy variada y con frecuencia suelen ser archivos fotocopiados y además pueden recogerse en cualquier soporte informático. Son, entre otros, los siguientes:
• Libro de Caja
• Libro Auxiliar de Bancos
• Libro Auxiliar de Clientes
• Libro Auxiliar de Proveedores
• Libro Auxiliar de Compras
• Libro Auxiliar de Ventas
• Fichas de Almacén
• Corrección de ERRORES
Error contable es toda omisión, cálculo equivocado o inexactitud involuntaria cometida en las anotaciones contables.
Correcciones en el Diario:
• EQUIVOCACIONES DE PALABRAS, CONCEPTOS Y FECHAS—si se advierte del error en el momento, se pone a continuación: “DIGO” y se anota correctamente. Si se advierte después se hace una anotación indicando que ese asiento queda “ANULADO” y en su lugar entenderá que “dice...”.
• OMISIÓN DE ASIENTOS—se consigue anotando el asiento correspondiente e indicando cuando debió hacerse
• DUPLICACIÓN DE ASIENTOS—hay 3 métodos:
• CONTRAASIENTO: cambiar el lugar de las cuentas
• NºS ROJOS: se escriben en rojo (restan)
• EQUIVOCACIONES EN LAS CIFRAS—en el caso de que la cantidad sea < a la real se puede realizar otro asiento con la correspondiente anotación. En el caso de que la cantidad sea > a la real se puede hacer un contrahaciendo, con su correspondiente anotación. En ambos casos se pueden llevar a cabo los mismos procedimientos que en la duplicación de asientos.
Plan de trabajo (aprendices financieros)
NOMBRE DE LA ACTIVIDAD: FERIA DE EXPOSICION SOCIEDAD DE ACCIONES SIMPLIFICADA
OBJETIVO: Dar a conocer al curso la importancia de usar y conocer la Sociedad de Acciones Simplificada.
ESTRATEGIAS DE APRENDIZAJE: Internet, Libros de Consulta, Biblioteca, Blogs, Folletos.
ESTRATEGIAS PARA ALCANZAR LOS OBJETIVOSDE LA ACTIVIDAD:
• Distribuir material didáctico a los demás GAES del curso.
• Establecer la diferencia de la sociedad S.A.S. ante las demás sociedades.
• Identificar cada uno de los pasos para constituir una sociedad S.A.S.
• Fomentar el auto aprendizaje por medio del material lúdico.
RESPONSABILIDADES DE CADA MIENBRO DE TRABAJO
Orlando Pacheco Presentación
Fredy Rincón Que es S.A.S
Zully Aguirre Ley 1258
Diana Robles Características de la S.A.S.
Luisa Herrera Requisitos para constituir una S.A.S.
Fabio Silva Como se realiza Escritura Publica
Leydi Agudelo Ejemplo Sociedad S.A.S
CRONOGRAMA OCTUBRE
LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES SABADO DOMINGO
1 2 3 4
5 6 7 8 9 10 Hora 11 am Reunión en biblioteca Tintal 11 Hora 3 pm Envió Información por correo y conexión por MSN
12 Hora 3 pm reunión detalles de presentación 13 presentación ante el curso 14 15 16 17 18
19 20 21 22 23 24 25
26 27 28 29 30 31
ACTA
Siendo las 11:15 am del día 10 de octubre de 2009 el GAES Aprendices Financieros conformado por Orlando Pacheco, Freddy Rincón, Zully Aguirre, Diana Robles, Luisa Herrera ,Fabio Silva, Leydi Agudelo. nos reunimos en la Biblioteca El Tintal de la ciudad de Bogotá, para investigar y formalizar la actividad a presentar ante el curso 801092 del Programa Tecnólogo en Contabilidad y Finanzas el día martes 13 de octubre del presente año.
Contamos con la ayuda del material que nos facilito la biblioteca y la información bajada de internet, para lo anterior seguimos:
1. Encuentro 11 am
2. Investigación en computadores de la biblioteca, para verificación de libros.
3. Asignación de cupo para ingreso al portal interactivo.
4. Descarga de información del portal.
5. Recopilación de información y datos.
6. Asignación a cada unos de los miembros del GAES la información a desarrollar para la actividad.
7. Estudio y sensibilización de la importancia de crear sociedad.
8. Aplicación y desarrollo de la actividad.
NOMBRE DE LA ACTIVIDAD: FERIA DE EXPOSICION SOCIEDAD DE ACCIONES SIMPLIFICADA
OBJETIVO: Dar a conocer al curso la importancia de usar y conocer la Sociedad de Acciones Simplificada.
ESTRATEGIAS DE APRENDIZAJE: Internet, Libros de Consulta, Biblioteca, Blogs, Folletos.
ESTRATEGIAS PARA ALCANZAR LOS OBJETIVOSDE LA ACTIVIDAD:
• Distribuir material didáctico a los demás GAES del curso.
• Establecer la diferencia de la sociedad S.A.S. ante las demás sociedades.
• Identificar cada uno de los pasos para constituir una sociedad S.A.S.
• Fomentar el auto aprendizaje por medio del material lúdico.
RESPONSABILIDADES DE CADA MIENBRO DE TRABAJO
Orlando Pacheco Presentación
Fredy Rincón Que es S.A.S
Zully Aguirre Ley 1258
Diana Robles Características de la S.A.S.
Luisa Herrera Requisitos para constituir una S.A.S.
Fabio Silva Como se realiza Escritura Publica
Leydi Agudelo Ejemplo Sociedad S.A.S
CRONOGRAMA OCTUBRE
LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES SABADO DOMINGO
1 2 3 4
5 6 7 8 9 10 Hora 11 am Reunión en biblioteca Tintal 11 Hora 3 pm Envió Información por correo y conexión por MSN
12 Hora 3 pm reunión detalles de presentación 13 presentación ante el curso 14 15 16 17 18
19 20 21 22 23 24 25
26 27 28 29 30 31
ACTA
Siendo las 11:15 am del día 10 de octubre de 2009 el GAES Aprendices Financieros conformado por Orlando Pacheco, Freddy Rincón, Zully Aguirre, Diana Robles, Luisa Herrera ,Fabio Silva, Leydi Agudelo. nos reunimos en la Biblioteca El Tintal de la ciudad de Bogotá, para investigar y formalizar la actividad a presentar ante el curso 801092 del Programa Tecnólogo en Contabilidad y Finanzas el día martes 13 de octubre del presente año.
Contamos con la ayuda del material que nos facilito la biblioteca y la información bajada de internet, para lo anterior seguimos:
1. Encuentro 11 am
2. Investigación en computadores de la biblioteca, para verificación de libros.
3. Asignación de cupo para ingreso al portal interactivo.
4. Descarga de información del portal.
5. Recopilación de información y datos.
6. Asignación a cada unos de los miembros del GAES la información a desarrollar para la actividad.
7. Estudio y sensibilización de la importancia de crear sociedad.
8. Aplicación y desarrollo de la actividad.
miércoles, 21 de octubre de 2009
NOMBRE DE LA ACTIVIDAD: FERIA DE EXPOSICION SOCIEDAD DE ACCIONES SIMPLIFICADA
OBJETIVO: Dar a conocer al curso la importancia de usar y conocer la Sociedad de Acciones Simplificada.
ESTRATEGIAS DE APRENDIZAJE: Internet, Libros de Consulta, Biblioteca, Blogs, Folletos.
ESTRATEGIAS PARA ALCANZAR LOS OBJETIVOSDE LA ACTIVIDAD:
• Distribuir material didáctico a los demás GAES del curso.
• Establecer la diferencia de la sociedad S.A.S. ante las demás sociedades.
• Identificar cada uno de los pasos para constituir una sociedad S.A.S.
• Fomentar el auto aprendizaje por medio del material lúdico.
RESPONSABILIDADES DE CADA MIENBRO DE TRABAJO
Orlando Pacheco Presentación
Fredy Rincón Que es S.A.S
Zully Aguirre Ley 1258
Diana Robles Características de la S.A.S.
Luisa Herrera Requisitos para constituir una S.A.S.
Fabio Silva Como se realiza Escritura Publica
Leydi Agudelo Ejemplo Sociedad S.A.S
CRONOGRAMA OCTUBRE
LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES SABADO DOMINGO
1 2 3 4
5 6 7 8 9 10 Hora 11 am Reunión en biblioteca Tintal 11 Hora 3 pm Envió Información por correo y conexión por MSN
12 Hora 3 pm reunión detalles de presentación 13 presentación ante el curso 14 15 16 17 18
19 20 21 22 23 24 25
26 27 28 29 30 31
ACTA
Siendo las 11:15 am del día 10 de octubre de 2009 el GAES Aprendices Financieros conformado por Orlando Pacheco, Freddy Rincón, Zully Aguirre, Diana Robles, Luisa Herrera ,Fabio Silva, Leydi Agudelo. nos reunimos en la Biblioteca El Tintal de la ciudad de Bogotá, para investigar y formalizar la actividad a presentar ante el curso 801092 del Programa Tecnólogo en Contabilidad y Finanzas el día martes 13 de octubre del presente año.
Contamos con la ayuda del material que nos facilito la biblioteca y la información bajada de internet, para lo anterior seguimos:
1. Encuentro 11 am
2. Investigación en computadores de la biblioteca, para verificación de libros.
3. Asignación de cupo para ingreso al portal interactivo.
4. Descarga de información del portal.
5. Recopilación de información y datos.
6. Asignación a cada unos de los miembros del GAES la información a desarrollar para la actividad.
7. Estudio y sensibilización de la importancia de crear sociedad.
8. Aplicación y desarrollo de la actividad.
OBJETIVO: Dar a conocer al curso la importancia de usar y conocer la Sociedad de Acciones Simplificada.
ESTRATEGIAS DE APRENDIZAJE: Internet, Libros de Consulta, Biblioteca, Blogs, Folletos.
ESTRATEGIAS PARA ALCANZAR LOS OBJETIVOSDE LA ACTIVIDAD:
• Distribuir material didáctico a los demás GAES del curso.
• Establecer la diferencia de la sociedad S.A.S. ante las demás sociedades.
• Identificar cada uno de los pasos para constituir una sociedad S.A.S.
• Fomentar el auto aprendizaje por medio del material lúdico.
RESPONSABILIDADES DE CADA MIENBRO DE TRABAJO
Orlando Pacheco Presentación
Fredy Rincón Que es S.A.S
Zully Aguirre Ley 1258
Diana Robles Características de la S.A.S.
Luisa Herrera Requisitos para constituir una S.A.S.
Fabio Silva Como se realiza Escritura Publica
Leydi Agudelo Ejemplo Sociedad S.A.S
CRONOGRAMA OCTUBRE
LUNES MARTES MIERCOLES JUEVES VIERNES SABADO DOMINGO
1 2 3 4
5 6 7 8 9 10 Hora 11 am Reunión en biblioteca Tintal 11 Hora 3 pm Envió Información por correo y conexión por MSN
12 Hora 3 pm reunión detalles de presentación 13 presentación ante el curso 14 15 16 17 18
19 20 21 22 23 24 25
26 27 28 29 30 31
ACTA
Siendo las 11:15 am del día 10 de octubre de 2009 el GAES Aprendices Financieros conformado por Orlando Pacheco, Freddy Rincón, Zully Aguirre, Diana Robles, Luisa Herrera ,Fabio Silva, Leydi Agudelo. nos reunimos en la Biblioteca El Tintal de la ciudad de Bogotá, para investigar y formalizar la actividad a presentar ante el curso 801092 del Programa Tecnólogo en Contabilidad y Finanzas el día martes 13 de octubre del presente año.
Contamos con la ayuda del material que nos facilito la biblioteca y la información bajada de internet, para lo anterior seguimos:
1. Encuentro 11 am
2. Investigación en computadores de la biblioteca, para verificación de libros.
3. Asignación de cupo para ingreso al portal interactivo.
4. Descarga de información del portal.
5. Recopilación de información y datos.
6. Asignación a cada unos de los miembros del GAES la información a desarrollar para la actividad.
7. Estudio y sensibilización de la importancia de crear sociedad.
8. Aplicación y desarrollo de la actividad.
lunes, 12 de octubre de 2009
FERIA DE EXPOSICION S.A.S.
lunes 12 de octubre de 2009
FERIA DE EXPOSICION S.A.S.
NOMBRE DE LA ACTIVIDAD: FERIA DE EXPOSICION SOCIEDAD DE ACCIONES SIMPLIFICADA
OBJETIVO: Dar a conocer al curso la importancia de usar y conocer la Sociedad de Acciones Simplificada.
ESTRATEGIAS DE APRENDIZAJE: Internet, Libros de Consulta, Biblioteca, Blogs, Folletos.
ESTRATEGIAS PARA ALCANZAR LOS OBJETIVOSDE LA ACTIVIDAD:
• Distribuir material didáctico a los demás GAES del curso.
• Establecer la diferencia de la sociedad S.A.S. ante las demás sociedades.
• Identificar cada uno de los pasos para constituir una sociedad S.A.S.
• Fomentar el auto aprendizaje por medio del material lúdico.
RESPONSABILIDADES DE CADA MIENBRO DE TRABAJO
Orlando Pacheco Presentación
Fredy Rincón Que es S.A.S
Zully Aguirre Ley 1258
Diana Robles Características de la S.A.S.
Luisa Herrera Requisitos para constituir una S.A.S.
Fabio Silva Como se realiza Escritura Publica
Leydi Agudelo Ejemplo Sociedad S.A.S
ACTA
Siendo las 11:15 am del día 10 de octubre de 2009 el GAES Aprendices Financieros conformado por Orlando Pacheco, Freddy Rincón, Zully Aguirre, Diana Robles, Luisa Herrera ,Fabio Silva, Leydi Agudelo. nos reunimos en la Biblioteca El Tintal de la ciudad de Bogotá, para investigar y formalizar la actividad a presentar ante el curso 801092 del Programa Tecnólogo en Contabilidad y Finanzas el día martes 13 de octubre del presente año.
Contamos con la ayuda del material que nos facilito la biblioteca y la información bajada de internet, para lo anterior seguimos:
1. Encuentro 11 am
2. Investigación en computadores de la biblioteca, para verificación de libros.
3. Asignación de cupo para ingreso al portal interactivo.
4. Descarga de información del portal.
5. Recopilación de información y datos.
6. Asignación a cada unos de los miembros del GAES la información a desarrollar para la actividad.
7. Estudio y sensibilización de la importancia de crear sociedad.
8. Aplicación y desarrollo de la actividad.
FERIA DE EXPOSICION S.A.S.
NOMBRE DE LA ACTIVIDAD: FERIA DE EXPOSICION SOCIEDAD DE ACCIONES SIMPLIFICADA
OBJETIVO: Dar a conocer al curso la importancia de usar y conocer la Sociedad de Acciones Simplificada.
ESTRATEGIAS DE APRENDIZAJE: Internet, Libros de Consulta, Biblioteca, Blogs, Folletos.
ESTRATEGIAS PARA ALCANZAR LOS OBJETIVOSDE LA ACTIVIDAD:
• Distribuir material didáctico a los demás GAES del curso.
• Establecer la diferencia de la sociedad S.A.S. ante las demás sociedades.
• Identificar cada uno de los pasos para constituir una sociedad S.A.S.
• Fomentar el auto aprendizaje por medio del material lúdico.
RESPONSABILIDADES DE CADA MIENBRO DE TRABAJO
Orlando Pacheco Presentación
Fredy Rincón Que es S.A.S
Zully Aguirre Ley 1258
Diana Robles Características de la S.A.S.
Luisa Herrera Requisitos para constituir una S.A.S.
Fabio Silva Como se realiza Escritura Publica
Leydi Agudelo Ejemplo Sociedad S.A.S
ACTA
Siendo las 11:15 am del día 10 de octubre de 2009 el GAES Aprendices Financieros conformado por Orlando Pacheco, Freddy Rincón, Zully Aguirre, Diana Robles, Luisa Herrera ,Fabio Silva, Leydi Agudelo. nos reunimos en la Biblioteca El Tintal de la ciudad de Bogotá, para investigar y formalizar la actividad a presentar ante el curso 801092 del Programa Tecnólogo en Contabilidad y Finanzas el día martes 13 de octubre del presente año.
Contamos con la ayuda del material que nos facilito la biblioteca y la información bajada de internet, para lo anterior seguimos:
1. Encuentro 11 am
2. Investigación en computadores de la biblioteca, para verificación de libros.
3. Asignación de cupo para ingreso al portal interactivo.
4. Descarga de información del portal.
5. Recopilación de información y datos.
6. Asignación a cada unos de los miembros del GAES la información a desarrollar para la actividad.
7. Estudio y sensibilización de la importancia de crear sociedad.
8. Aplicación y desarrollo de la actividad.
miércoles, 7 de octubre de 2009
Sistemas de información contable y modelos de decisión financieras para empresas del sector real
Comerciante
Se define como comerciante aquella persona física o jurídica que actúe con un propósito relacionado con su actividad económica, negocio, oficio o profesión, así como cualquiera que actúe en nombre del comerciante o por cuenta de éste.
Son comerciantes las personas que profesionalmente se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles, teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, se dedican a él habitualmente, y las compañías mercantiles o industriales que se constituyen conforme a este Código.
Mercantilismo
Doctrina económica que agrupa diversas tendencias inspiradas en la idea de que el bienestar económico de una nación es proporcional a la cantidad de moneda circulante y existente en la misma. La regla fundamental de toda su política económica era la de conservar y aumentar el monto de la moneda y de los metales preciosos existentes en el país.
Características del Mercantilismo.
La principal característica del mercantilismo era la preocupación por acumular riqueza nacional, materializándose ésta en las reservas de oro y plata que tuviera un Estado
Los Elementos del Mercantilismo.
El Mercantilismo es la etiqueta por la que generalmente se conoce la doctrina y practica de las Naciones-Estado del período que comprende desde el siglo XV al XVIII en relación con la naturaleza y la regulación apropiada de las relaciones económicas internacionales.
ACTOS, OPERACIONES Y EMPRESAS MERCANTILES
Son mercantiles para todos los efectos legales:
1. La adquisición de bienes a título oneroso con destino a enajenarlos en igual forma, y la enajenación de los mismos;
2. La adquisición a título oneroso de bienes muebles con destino a arrendarlos; el arrendamiento de los mismos; el arrendamiento de toda clase de bienes para subarrendarlos, y el subarrendamiento de los mismos;
3. El recibo de dinero en mutuo a interés, con garantía o sin ella, para darlo en préstamo, y los préstamos subsiguientes, así como dar habitualmente dinero en mutuo a interés;
4. La adquisición o enajenación, a título oneroso, de establecimientos de comercio, y la prenda, arrendamiento, administración y demás operaciones análogas relacionadas con los mismos;
5. La intervención como asociado en la constitución de sociedades comerciales, los actos de administración de las mismas o la negociación a título oneroso de las partes de interés, cuotas o acciones;
6. El giro, otorgamiento, aceptación, garantía o negociación de títulos-valores, así como la compra para reventa, permuta, etc., de los mismos;
7. Las operaciones bancarias, de bolsas, o de martillos;
8. El corretaje, las agencias de negocios y la representación de firmas nacionales o extranjeras;
9. La explotación o prestación de servicios de puertos, muelles, puentes, vías y campos de aterrizaje;
10. Las empresas de seguros y la actividad aseguradora;
11. Las empresas de transporte de personas o de cosas, a título oneroso, cualesquiera que fueren la vía y el medio utilizados;
12. Las empresas de fabricación, transformación, manufactura y circulación de bienes;
13. Las empresas de depósito de mercaderías, provisiones o suministros, espectáculos públicos y expendio de toda clase de bienes;
14. Las empresas editoriales, litográficas, fotográficas, informativas o de propaganda y las demás destinadas a la prestación de servicios;
15. Las empresas de obras o construcciones, reparaciones, montajes, instalaciones u ornamentaciones;
16. Las empresas para el aprovechamiento y explotación mercantil de las fuerzas o recursos de la naturaleza;
17. Las empresas promotoras de negocios y las de compra, venta, administración, custodia o circulación de toda clase de bienes;
18. Las empresas de construcción, reparación, compra y venta de vehículos para el transporte por tierra, agua y aire, y sus accesorios, y
19. Los demás actos y contratos regulados por la ley mercantil.
Art. 21.- Se tendrán así mismos como mercantiles todos los actos de los comerciantes relacionados con actividades o empresas de comercio, y los ejecutados por cualquier persona para asegurar el cumplimiento de obligaciones comerciales.
Art. 22.- Si el acto fuere mercantil para una de las partes se regirá por las disposiciones de la ley comercial.
Art. 23.- No son mercantiles:
1. La adquisición de bienes con destino al consumo doméstico o al uso del adquirente, y la enajenación de los mismos o de los sobrantes;
2. La adquisición de bienes para producir obras artísticas y la enajenación de éstas por su autor;
3. Las adquisiciones hechas por funcionarios o empleados para fines de servicio público;
4. Las enajenaciones que hagan directamente los agricultores o ganaderos de los frutos de sus cosechas o ganados, en su estado natural. Tampoco serán mercantiles las actividades de transformación de tales frutos que efectúen los agricultores o ganaderos, siempre y cuando que dicha transformación no constituya por sí misma una empresa, y
5. La prestación de servicios inherentes a las profesiones liberales.
Art. 24.- Las enumeraciones contenidas en los artículos 20y 23 son declarativas y no limitativas.
Art. 25.- Se entenderá por empresa toda actividad económica organizada para la producción, transformación, circulación, administración o custodia de bienes, o para la prestación de servicios. Dicha actividad se realizará a través de uno o más establecimientos de comercio.
Deberes de los comerciantes
.- Es obligación de todo comerciante:
1. Matricularse en el registro mercantil;
2. Inscribir en el registro mercantil todos los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley exija esa formalidad;
3. Llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales;
4. Conservar, con arreglo a la ley, la correspondencia y demás documentos relacionados con sus negocios o actividades;
5. Subrogado. Ley 222 de 1995.
6. Abstenerse de ejecutar actos de competencia desleal.
Calificación de los comerciantes
Art. 10.- Son comerciantes las personas que profesionalmente se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles.
La calidad de comerciante se adquiere aunque la actividad mercantil se ejerza por medio de apoderado, intermediario o interpuesta persona.
Art. 11.- Las personas que ejecuten ocasionalmente operaciones mercantiles no se considerarán comerciantes, pero estarán sujetas a las normas comerciales en cuanto a dichas operaciones.
Art. 12.- Toda persona que según las leyes comunes tenga capacidad para contratar y obligarse, es hábil para ejercer el comercio; las que con arreglo a esas mismas leyes sean incapaces, son inhábiles para ejecutar actos comerciales.
Incisos 2. y 3., Derogados. Ley 27 de 1977.
Los menores adultos pueden, con autorización de sus representantes legales, ocuparse en actividades mercantiles en nombre o por cuenta de otras personas y bajo la dirección y responsabilidad de éstas.
Art. 13.- Para todos los efectos legales se presume que una persona ejerce el comercio en los siguientes casos:
1. Cuando se halle inscrita en el registro mercantil;
2. Cuando tenga establecimiento de comercio abierto, y
3. Cuando se anuncie al público como comerciante por cualquier medio.
Art. 14.- Son inhábiles para ejercer el comercio, directamente o por interpuesta persona:
1. subrogado. Ley 222 de 1995.
2. Los funcionarios de entidades oficiales y semioficiales respecto de actividades mercantiles que tengan relación con sus funciones, y
3. Las demás personas a quienes por ley o sentencia judicial se prohiba el ejercicio de actividades mercantiles.
Si el comercio o determinada actividad mercantil se ejerciere por persona inhábil, ésta será sancionada con multas sucesivas hasta de cincuenta mil pesos que impondrá el juez civil del circuito del domicilio del infractor, de oficio o a solicitud de cualquiera persona, sin perjuicio de las penas establecidas por normas especiales.
Art. 15.- El comerciante que tome posesión de un cargo que inhabilite para el ejercicio del comercio, lo comunicará a la respectiva cámara mediante copia de acta o diligencia de posesión, o certificado del funcionario ante quien se cumplió la diligencia, dentro de los diez días siguientes a la fecha de la misma.
El posesionado acreditará el cumplimiento de esta obligación, dentro de los veinte días siguientes a la posesión, ante el funcionario que le hizo el nombramiento, mediante certificado de la cámara de comercio, so pena de perder el cargo o empleo respectivo.
Art. 16.- Siempre que se dicte sentencia condenatoria por delitos contra la propiedad, la fe pública, la economía nacional, la industria y el comercio, o por contrabando, competencia desleal, usurpación de derechos sobre propiedad industrial y giro de cheques sin provisión de fondos o contra cuenta cancelada, se impondrá como pena accesoria la prohibición para ejercer el comercio de dos a diez años.
Art. 17.- Se perderá la calidad de comerciante por la incapacidad o inhabilidad sobrevinientes para el ejercicio del comercio.
Art. 18.- Las nulidades provenientes de falta de capacidad para ejercer el comercio, serán declaradas y podrán subsanarse como se prevé en las leyes comunes, sin perjuicio de las disposiciones especiales de este Código.
CÁMARAS DE COMERCIO
Art. 78.- Las cámaras de comercio son instituciones de orden legal con personería jurídica, creadas por el Gobierno Nacional, de oficio o a petición de los comerciantes del territorio donde hayan de operar. Dichas entidades serán representadas por sus respectivos presidentes.
Art. 79.- Cada cámara de comercio estará integrada por los comerciantes inscritos en su respectivo registro mercantil. Tendrá una junta de directores compuesta por un número de seis a doce miembros, con sus respectivos suplentes, según lo determine el Gobierno Nacional en atención a la importancia comercial de la correspondiente circunscripción.
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Comerciante
Se define como comerciante aquella persona física o jurídica que actúe con un propósito relacionado con su actividad económica, negocio, oficio o profesión, así como cualquiera que actúe en nombre del comerciante o por cuenta de éste.
Son comerciantes las personas que profesionalmente se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles, teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, se dedican a él habitualmente, y las compañías mercantiles o industriales que se constituyen conforme a este Código.
Mercantilismo
Doctrina económica que agrupa diversas tendencias inspiradas en la idea de que el bienestar económico de una nación es proporcional a la cantidad de moneda circulante y existente en la misma. La regla fundamental de toda su política económica era la de conservar y aumentar el monto de la moneda y de los metales preciosos existentes en el país.
Características del Mercantilismo.
La principal característica del mercantilismo era la preocupación por acumular riqueza nacional, materializándose ésta en las reservas de oro y plata que tuviera un Estado
Los Elementos del Mercantilismo.
El Mercantilismo es la etiqueta por la que generalmente se conoce la doctrina y practica de las Naciones-Estado del período que comprende desde el siglo XV al XVIII en relación con la naturaleza y la regulación apropiada de las relaciones económicas internacionales.
ACTOS, OPERACIONES Y EMPRESAS MERCANTILES
Son mercantiles para todos los efectos legales:
1. La adquisición de bienes a título oneroso con destino a enajenarlos en igual forma, y la enajenación de los mismos;
2. La adquisición a título oneroso de bienes muebles con destino a arrendarlos; el arrendamiento de los mismos; el arrendamiento de toda clase de bienes para subarrendarlos, y el subarrendamiento de los mismos;
3. El recibo de dinero en mutuo a interés, con garantía o sin ella, para darlo en préstamo, y los préstamos subsiguientes, así como dar habitualmente dinero en mutuo a interés;
4. La adquisición o enajenación, a título oneroso, de establecimientos de comercio, y la prenda, arrendamiento, administración y demás operaciones análogas relacionadas con los mismos;
5. La intervención como asociado en la constitución de sociedades comerciales, los actos de administración de las mismas o la negociación a título oneroso de las partes de interés, cuotas o acciones;
6. El giro, otorgamiento, aceptación, garantía o negociación de títulos-valores, así como la compra para reventa, permuta, etc., de los mismos;
7. Las operaciones bancarias, de bolsas, o de martillos;
8. El corretaje, las agencias de negocios y la representación de firmas nacionales o extranjeras;
9. La explotación o prestación de servicios de puertos, muelles, puentes, vías y campos de aterrizaje;
10. Las empresas de seguros y la actividad aseguradora;
11. Las empresas de transporte de personas o de cosas, a título oneroso, cualesquiera que fueren la vía y el medio utilizados;
12. Las empresas de fabricación, transformación, manufactura y circulación de bienes;
13. Las empresas de depósito de mercaderías, provisiones o suministros, espectáculos públicos y expendio de toda clase de bienes;
14. Las empresas editoriales, litográficas, fotográficas, informativas o de propaganda y las demás destinadas a la prestación de servicios;
15. Las empresas de obras o construcciones, reparaciones, montajes, instalaciones u ornamentaciones;
16. Las empresas para el aprovechamiento y explotación mercantil de las fuerzas o recursos de la naturaleza;
17. Las empresas promotoras de negocios y las de compra, venta, administración, custodia o circulación de toda clase de bienes;
18. Las empresas de construcción, reparación, compra y venta de vehículos para el transporte por tierra, agua y aire, y sus accesorios, y
19. Los demás actos y contratos regulados por la ley mercantil.
Art. 21.- Se tendrán así mismos como mercantiles todos los actos de los comerciantes relacionados con actividades o empresas de comercio, y los ejecutados por cualquier persona para asegurar el cumplimiento de obligaciones comerciales.
Art. 22.- Si el acto fuere mercantil para una de las partes se regirá por las disposiciones de la ley comercial.
Art. 23.- No son mercantiles:
1. La adquisición de bienes con destino al consumo doméstico o al uso del adquirente, y la enajenación de los mismos o de los sobrantes;
2. La adquisición de bienes para producir obras artísticas y la enajenación de éstas por su autor;
3. Las adquisiciones hechas por funcionarios o empleados para fines de servicio público;
4. Las enajenaciones que hagan directamente los agricultores o ganaderos de los frutos de sus cosechas o ganados, en su estado natural. Tampoco serán mercantiles las actividades de transformación de tales frutos que efectúen los agricultores o ganaderos, siempre y cuando que dicha transformación no constituya por sí misma una empresa, y
5. La prestación de servicios inherentes a las profesiones liberales.
Art. 24.- Las enumeraciones contenidas en los artículos 20y 23 son declarativas y no limitativas.
Art. 25.- Se entenderá por empresa toda actividad económica organizada para la producción, transformación, circulación, administración o custodia de bienes, o para la prestación de servicios. Dicha actividad se realizará a través de uno o más establecimientos de comercio.
Deberes de los comerciantes
.- Es obligación de todo comerciante:
1. Matricularse en el registro mercantil;
2. Inscribir en el registro mercantil todos los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley exija esa formalidad;
3. Llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales;
4. Conservar, con arreglo a la ley, la correspondencia y demás documentos relacionados con sus negocios o actividades;
5. Subrogado. Ley 222 de 1995.
6. Abstenerse de ejecutar actos de competencia desleal.
Calificación de los comerciantes
Art. 10.- Son comerciantes las personas que profesionalmente se ocupan en alguna de las actividades que la ley considera mercantiles.
La calidad de comerciante se adquiere aunque la actividad mercantil se ejerza por medio de apoderado, intermediario o interpuesta persona.
Art. 11.- Las personas que ejecuten ocasionalmente operaciones mercantiles no se considerarán comerciantes, pero estarán sujetas a las normas comerciales en cuanto a dichas operaciones.
Art. 12.- Toda persona que según las leyes comunes tenga capacidad para contratar y obligarse, es hábil para ejercer el comercio; las que con arreglo a esas mismas leyes sean incapaces, son inhábiles para ejecutar actos comerciales.
Incisos 2. y 3., Derogados. Ley 27 de 1977.
Los menores adultos pueden, con autorización de sus representantes legales, ocuparse en actividades mercantiles en nombre o por cuenta de otras personas y bajo la dirección y responsabilidad de éstas.
Art. 13.- Para todos los efectos legales se presume que una persona ejerce el comercio en los siguientes casos:
1. Cuando se halle inscrita en el registro mercantil;
2. Cuando tenga establecimiento de comercio abierto, y
3. Cuando se anuncie al público como comerciante por cualquier medio.
Art. 14.- Son inhábiles para ejercer el comercio, directamente o por interpuesta persona:
1. subrogado. Ley 222 de 1995.
2. Los funcionarios de entidades oficiales y semioficiales respecto de actividades mercantiles que tengan relación con sus funciones, y
3. Las demás personas a quienes por ley o sentencia judicial se prohiba el ejercicio de actividades mercantiles.
Si el comercio o determinada actividad mercantil se ejerciere por persona inhábil, ésta será sancionada con multas sucesivas hasta de cincuenta mil pesos que impondrá el juez civil del circuito del domicilio del infractor, de oficio o a solicitud de cualquiera persona, sin perjuicio de las penas establecidas por normas especiales.
Art. 15.- El comerciante que tome posesión de un cargo que inhabilite para el ejercicio del comercio, lo comunicará a la respectiva cámara mediante copia de acta o diligencia de posesión, o certificado del funcionario ante quien se cumplió la diligencia, dentro de los diez días siguientes a la fecha de la misma.
El posesionado acreditará el cumplimiento de esta obligación, dentro de los veinte días siguientes a la posesión, ante el funcionario que le hizo el nombramiento, mediante certificado de la cámara de comercio, so pena de perder el cargo o empleo respectivo.
Art. 16.- Siempre que se dicte sentencia condenatoria por delitos contra la propiedad, la fe pública, la economía nacional, la industria y el comercio, o por contrabando, competencia desleal, usurpación de derechos sobre propiedad industrial y giro de cheques sin provisión de fondos o contra cuenta cancelada, se impondrá como pena accesoria la prohibición para ejercer el comercio de dos a diez años.
Art. 17.- Se perderá la calidad de comerciante por la incapacidad o inhabilidad sobrevinientes para el ejercicio del comercio.
Art. 18.- Las nulidades provenientes de falta de capacidad para ejercer el comercio, serán declaradas y podrán subsanarse como se prevé en las leyes comunes, sin perjuicio de las disposiciones especiales de este Código.
CÁMARAS DE COMERCIO
Art. 78.- Las cámaras de comercio son instituciones de orden legal con personería jurídica, creadas por el Gobierno Nacional, de oficio o a petición de los comerciantes del territorio donde hayan de operar. Dichas entidades serán representadas por sus respectivos presidentes.
Art. 79.- Cada cámara de comercio estará integrada por los comerciantes inscritos en su respectivo registro mercantil. Tendrá una junta de directores compuesta por un número de seis a doce miembros, con sus respectivos suplentes, según lo determine el Gobierno Nacional en atención a la importancia comercial de la correspondiente circunscripción.
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